Curso Virtual de Gestión Servicios de Salud Edición 2020

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ULTIMOS DIAS DE INSCRIPCIÓN!!!!

Curso Virtual de Gestión de Servicios de Salud

Fundamentación:

Se entiende al campo del trabajo en salud  y en sus organizaciones como una categoría compleja, que requiere un abordaje que no sólo incluya herramientas operativas sino a las mismas contextualizadas según sus dimensiones políticas, históricas, sociales, culturales. En ese sentido  se considera que la gestión en salud implica el desarrollo de competencias que permitan –al decir de Spinelli– la “transformación de las instituciones y no como mera administración de la rutina diaria”; incluyendo tres pilares: la “movilización de personas”, la “dimensión analítica” y la “dimensión pedagógica”[1].

El presente curso apunta a generar un espacio de aprendizaje que trascienda las meras categorías teóricas.  …

Posicionamiento ASMGyF y Carrera de Postgrado en Especialización en Medicina General y Familiar – UNR

Provincia de Santa Fe, 29 de abril de 2020

La Pandemia de Covid-19 nos ha enfrentado a una realidad incontrastable.

En tanto la salud es concebida como un DERECHO, ES el Estado quien debe garantizarlo a través del diseño de políticas sociales y de un rol rector y ordenador. Vemos con dolor y preocupación lo que sucede en países donde prevalece la “concepción mercantilista de la salud” en los cuales ES el mercado quién ejerce ese rol. Es, sin más, la diferencia entre la vida y la muerte.

Ante este escenario se debe planificar la organización del sistema de salud para garantizar la gestión integral de la respuesta. Por tal razón, el Estado debe organizar los servicios de salud …

Repudio al accionar de Grupos antiderechos y legisladores provinciales

Desde la Asociación Santafesina de Medicina General y Familiar queremos manifestar nuestro repudio al accionar de grupos fundamentalistas antiderechos y legisladores provinciales que amedrentaron contra una niña y su familia que accedió a una Interrupción Legal del Embarazo enmarcado en la Causal Violación según esta estipulado en el Artículo 86 del Código Penal y fundamentado por el Fallo “FAL” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y avalado por protocolos internacionales, nacionales y provinciales. Genera mucha preocupación el accionar de estas personas vulnerando el derecho de la privacidad de la menor y revictimizándola difundiendo detalles de su situación de salud, violando la convención internacional de Derechos de los niños y la ley de protección integral de niños, niñas …

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